EMPLEADOR
Usted tiene Derecho
1. Recibir información y asesoramiento de su A.R.T. sobre la existencia de riesgos en su actividad; sobre la elección y uso de elementos de protección personal; sobre la seguridad en el empleo de productos químicos y biológicos; y acerca de la capacitación a sus trabajadores sobre salud y seguridad en el trabajo.
2. Exigir a su A.R.T. la realización de los exámenes periódicos que correspondan y el cumplimiento de la asistencia médica y económica a sus trabajadores en caso de accidentes.
3. Elegir una A.R.T. y cambiar de aseguradora, luego de cumplir los plazos mínimos de afiliación.
Sus Obligaciones son
1. Proteger a sus trabajadores de los riesgos asociados a su tarea.
2. Cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo establecidas a través de las leyes Nro. 19587 y Nro. 24557 y sus normativas complementarias.
3. Dar cobertura continua en materia de riesgos del trabajo a sus trabajadores a través de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.).
4. Informar a sus trabajadores a cuál A.R.T. está afiliado.
5. Denunciar ante la A.R.T. los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran en su establecimiento.
6. Solicitar a la aseguradora la atención médica inmediata en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
7. Proveer a sus trabajadores de los elementos de protección personal y capacitarlos para su correcta utilización.
8. Capacitar a sus trabajadores en métodos de prevención de riesgos del trabajo.
9. Realizar los exámenes médicos preocupacionales y por cambio de actividad e informar los resultados de los mismos al trabajador.
10. Denunciar incumplimientos de su Aseguradora de Riesgos del Trabajo ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.